JORNADAS FORMATIVAS: LA SEGURIDAD ALIMENTARIA Y BUENAS PRACTICAS DE HIGIENE
JORNADAS FORMATIVAS: LA SEGURIDAD ALIMENTARIA Y BUENAS PRACTICAS DE HIGIENE.
Ante las últimas inspecciones recibidas en los centros haciendo hincapié en los requisitos de la nueva ordenanza municipal, os recordamos los cambios introducidos en lo referente a las Escuelas Infantiles en materia de Seguridad Alimentaria y Buenas Prácticas de Higiene.
Con objeto de revisar estos cambios en la ordenanza y facilitaros la formación sobre alérgenos y cómo os afecta la nueva norma de información al consumidor, os convocamos a una jornada el próximo 20 de Mayo – Martes a de 6 – 8:30 pm aproximadamente. Para confirmar asistencia podéis realizar la inscripción pinchando en el botón “Solicitud de Inscripción”.
Con objeto de revisar estos cambios en la ordenanza y facilitaros la formación sobre alérgenos y cómo os afecta la nueva norma de información al consumidor, os convocamos a una jornada el próximo 20 de Mayo – Martes a de 6 – 8:30 pm aproximadamente. Para confirmar asistencia podéis realizar la inscripción pinchando en el botón “Solicitud de Inscripción”.
En la jornada se hará entrega de certificado de asistencia a todos los inscritos para que puedan acreditar su formación sobre alérgenos. Esta formación va dirigida a Directores de centro y al personal más relacionado con la cocina.
CAMBIOS MAS IMPORTANTES EN LA ORDENANZA MUNICIPAL:.
• En relación con las comidas testigo, la nueva Ordenanza establece, en su art. 46 (pg. 17) que los establecimientos que elaboran o sirven comidas a colectividades, están obligadas a reservar comidas testigo, que representen el menú o las comidas preparadas servidas diariamente. Dichas comidas testigo se conservarán en recipientes limpios e higienizados, durante un periodo de 5 días a temperatura comprendida entre los 0-4º C. Estarán convenientemente identificados y la cantidad a conservar será de 150 gr.
• La nueva Ordenanza establece también la necesidad de que exista una zona de preparación de biberones diferenciada de la sala de estancia o si se realizan en la cocina en un área también diferenciada y separada de la zona de manipulación de alimentos. Además, se establece que las tetinas y biberones deberán someterse a una limpieza por calor o sistemas autorizados y establecer un Programa para dichas limpiezas, registrando las operaciones realizadas. Es decir, es necesario incluir la limpieza de los biberones, en el Plan de L+D y registrar qué hacemos y cómo lo hacemos (Art. 65, pg. 22).
• Se establece la obligatoriedad de lavar todos los juguetes de uso compartido de forma diaria.
Os adjuntamos la nueva ordenanza, revisar a partir de la página 18
• La nueva Ordenanza establece también la necesidad de que exista una zona de preparación de biberones diferenciada de la sala de estancia o si se realizan en la cocina en un área también diferenciada y separada de la zona de manipulación de alimentos. Además, se establece que las tetinas y biberones deberán someterse a una limpieza por calor o sistemas autorizados y establecer un Programa para dichas limpiezas, registrando las operaciones realizadas. Es decir, es necesario incluir la limpieza de los biberones, en el Plan de L+D y registrar qué hacemos y cómo lo hacemos (Art. 65, pg. 22).
• Se establece la obligatoriedad de lavar todos los juguetes de uso compartido de forma diaria.
Os adjuntamos la nueva ordenanza, revisar a partir de la página 18
VISUALIZAR EL DOCUMENTO